PENAS PARA FUNCIONARIOS SERIAN DE 3 A 6 AÑOS E INABILITACION PARA LABORAR EN EL ESTADO
| Alcalde de Cayma Jaime Chávez Flores |
Denuncia es por colusión y negociación incompatible, que
compromete a funcionarios públicos y titulares de empresas privadas.
El 9 de junio se presentó una
denuncia por delito de corrupción de funcionarios contra del alcalde de Cayma,
Jaime Chávez Flores y tres funcionarios. La investigación preliminar por 120 días
está a cargo de fiscalía provincial especializada en delitos de corrupción de
funcionarios de Arequipa que dirige la doctora Madelyne Córdova Iriarte. Y ahora último la investigación gira también
hacía los jefes de las oficinas de: administración, logística y contabilidad.
A ellos se les acusa de
beneficiar indebidamente a la empresa Sheridan Enterprises SAC., para que gane
la buena pro de la obra: “Mejoramiento y ampliación del servicio de seguridad
ciudadana en el distrito de Cayma”. Dicho proyecto tiene un presupuesto de S/.
9 724 000 y en el proceso de adjudicación se observaron una serie de documentos
por considerarse irregulares.
Los denunciados son el alcalde de
Cayma, Jaime Chávez y; Carlos Riega Ampuero, presidente del Comité Especial del
Proceso de Selección N°001-2020- CE-MDC-LEY N°29230 de la Municipalidad
Distrital de Cayma; Jaime Sucari Romero y Carlos Sánchez Huallanco integrantes
también del comité. Así mismo la fiscalía decidió investigar a nuevos
implicados en el caso, quienes son la jefa de la oficina de administración:
Sinobia Chambi Quispe; el jefe de la unidad de contabilidad: Hans Deivy
Coaguila Nuñez y el jefe de la oficina de logística: Samuel Llaique Condori.
LA DENUNCIA
A los denunciados se le acusa por
el presunto delito contra la Administración Pública- Colusión y como tipo penal
alternativo de Negociación Incompatible en agravio del Estado.
La denuncia implica que los
funcionarios públicos de Cayma y empresarios privados se lograron adjudicar una
obra por impuestos contraviniendo el reglamento, con el fin de beneficiarse
económicamente de un proyecto de inversión pública sin que la empresa ejecutora
cuente con la experiencia técnica y capacidad económica comprobada.
DESBALANCE PATRIMONIAL
Según reporte financiero, es
incompatible el contrato de la buena pro por los limitados fondos de Sheridan,
que sobrepasa la capacidad técnica y económica de la empresa. La compañía el
2019 abono por impuestos al fisco solo S/. 196 000 (ciento noventa y seis mil
soles) y registro ventas netas de S/ 10 000 000 (diez millones), entonces como
podría ejecutar una Obra por Impuestos por similar monto. Eso es algo que la
Fiscalía está investigando.
POCA GARANTÍA
Otro indicio es la presentación
por parte de Sheridan de la Carta Fianza N°E0521-00-2021, por S/. 3 600 (tres
mil seiscientos soles) mediante la cual garantiza el fiel cumplimiento del
contrato, que corresponde al monto del 4% (cuatro por ciento) del valor de la
elaboración del expediente técnico y no como indica la Ley de Obras por
Impuestos, donde el monto total de inversión adjudicado debería ser de al menos
S/390 000 (trecientos noventa mil) aproximadamente. A estos indicios se suman,
las denuncias personales interpuestas a los representantes de las empresas
comprometidas.
Por estos hechos, el consejo
distrital de Cayma decidió rescindir el contrato con Sheridan Enterprises SAC. ante
la presión de vecinos y la prensa. Sin embargo, la denuncia en agravio del
estado continua con nuevos implicados que tendrán que responder a la fiscalía anti
corrupción.
CÓDIGO PENAL
El delito de Negociación
Incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, atribuido a los
investigados, se encuentra previsto y regulado en el artículo 399°3 del Código
Penal, el mismo que se considera como un delito de peligro, de comprobar la
fiscalía especializada corrupción de funcionarios.
PENAS Y SANCIONES
Cabe recordar que la pena por este
tipo de delitos según el artículo 384. en el concepto de colusión simple y
agravada, en la conducta de fraude al estado tipifica una pena privativa de
libertad no menor de tres ni mayor de seis años; y en referencia a los incisos
1, 2 y 8 del artículo 36 se procede a una inhabilitación de cinco a veinte
años; y, con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.
Y si el delito conlleva
concertación con los interesados en defraudar patrimonialmente al estado será
reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de quince
años; inhabilitación a que se refieren los incisos 1, 2 y 8 del artículo 36, de
cinco a veinte años; y, con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta
días-multa.
El 04 de febrero de 2021,
adjudican la buena pro de la obra de seguridad ciudadana de Cayma a la empresa
Sheridan Enterprises SAC, El convenio fue modificado el 22 de marzo de 2021. Después
se presentó como ejecutor del proyecto de inversión pública a la empresa
American Network Communications S.A.C., representada por Omar Zevallos
Minchola, quien registra una denuncia en trámite por corrupción de funcionarios
en el Distrito Fiscal de Junín, todos estos personajes también están incluidos
en la denuncia.
https://www.diarioelpueblo.com.pe/index.php/2021/10/08/municipalidad-de-cayma-rescindio-contrato-con-empresa-privada/